¿Cómo tributa una tienda 24 horas vending o una explotación de máquinas automáticas?
Copio y pego de INFORMA en la página web de la Agencia Tributaria: “108084-MÁQUINA EXPENDEDORA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS”
Pregunta
El propietario de máquinas expendedoras de productos alimenticios compra los productos y recoge la recaudación, ¿se considera minorista y por lo tanto tributa en recargo de equivalencia o es una prestación de servicios que tributa en régimen general?
Respuesta
La entrega de productos a través de maquinas automáticas en el mismo estado en que se adquieren, como son las bebidas refrescantes, golosinas, tabaco, etc., tributa en el régimen especial del recargo de equivalencia.
La entrega de bienes que hayan sido objeto de algún proceso de transformación, incluso las efectuadas en las propias máquinas, como son los cafés, zumos, caldos, etc., tributa en el régimen general.
Agencia Tributaria: “EXPENDEDORA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS”
Trato de simplificarlo aun más, un autónomo estará sujeto a recargo de equivalencia y una Sociedad tributará por estimación directa.
Ojo con los autónomos sujetos al régimen de módulos ya que al incluir esta actividad pasado 1 año perderán el régimen de módulos en favor del recargo de equivalencia.
No dudes en contactar con nosotros para aclarar cualquier duda 😉
https://outletvending.com/contacto/
Como tributa la empresa que deja un espacio en su negocio para instalar una maquina de vending para el servicio de sus clientes
dispongo de una maquina de golosinas en una cdad de P. para uso del personal y de los propietarios. No dispongo de ingresos tengo que tributar
Estimada Luz, entiendo que si es para uso personal la tienes en tu domicilio? En caso contrario y si obtienes un beneficio por ella es preceptivo tributar y estar dado de alta en autónomos, estas ejerciendo una actividad empresarial. Además te invito a que valores si te compensa el beneficio que estás obteniendo respecto al riesgo de que un vecino te pida documentación, por un producto caducado, un atasco o por “tocar las narices”….
Entiendo que lo beneficios que te brinda una máquina en una comunidad son justitos, existe una alternativa y es que alquiles la máquina a una empresa operadora de tu zona ( no va a ser tarea fácil si es poco rentable) ya que de este modo quien gestione la máquina estará cumpliendo con la legislación y tu podrás cobrar una renta ( recomendable incluirlo en tu renta) sin riesgo y con tiempo para otras cosas.
Si le ves “color” a este negocio también puedes crecer para que te compense estar cumpliendo con autónomos, etc
Estamos a tu disposición para cualquier otra duda.
Un saludo
Buenas, Estoy mirando en iniciarme en el negocio del vending cautivo, maquinas de cafe, dandome de alta en el IAE, no se si compensara, me imagino que segun el numero de maquinas. Tendria que hacer la declaracion trimestral, o se puede uno acoger a los modulos?
Se pagan muchos impuestos trimestralmente? gracias por su tiempo.
Un saludo.
Buenos días Pedro, el vending cautivo es un modelo de negocio muuuuy maduro y salvo que tengas posiciones atractivas antes de empezar va a ser difícil introducirse con rentablididad, además hay que cuidar mucho el coste de los equipos y sus prestaciones para no quedarse por debajo de las necesidades del consumo y sobre todo por encima.
En cuanto a la forma de tributar si es una S.L. estimación directa y como autónomo recargo de equivalencia. El sistema de módulos no lo contempla hacienda para esta actividad y si previamente tributas por módulos e incluyes esta actividad tendrás que dejar los módulos. Suerte con el proyecto ( si tienes las posiciones garantizadas y no las compras)
Hola buenos días tengo acabo de montar una lavandería de autoservicio y mí pregunta es como declaro a Hacienda gracias